Manual de derecho procesal tributario / Paulo César Conrado ; traducciones de Juan Carlos Panez Solórzano, Chamy Heide Márquez Tristán
Tipo de material: TextoSeries Detalles de publicación: Santiago, Chile : Ediciones Olejnik, 2021 Edición: 2a ed.Descripción: 239 p. ; 23 cmISBN: 9789563929751Tema(s): Derecho fiscal | Derecho procesal | Dret fiscal | Dret processalResumen: "Cuando hablamos de proceso tributario se hace referencia al conflicto, esto es, a lo manifestado en el ambito especifico de la relacion juridico-tributaria, entendida asi en el estricto sentido de la locucion (es decir, la obligacion tributaria).Si el derecho no se instaura por la insuficiencia del lenguaje competente, se puede asegurar que el conflicto, al que nos referimos, no es cualquiera, sino aquel que se materializa en el lenguaje que el propio derecho consagra.por esta razon, cuando se habla de proceso tributario hacemos referencia al lenguaje constitutivo del "conflicto tributario". Asimismo, hablar de proceso tributario es hablar de derecho tributario, dado que en este (o mejor dicho, en sus especificas relaciones juridicas) se instaura el "conflicto tributario" (por esta razon, el conflicto es tributario).El lenguaje constitutivo del conflicto tributario es, desde cierta optica, un lenguaje verdaderamente "reconstitutivo" del derecho tributario. Por lo tanto, el proceso es un instrumento del derecho, vale decir, es un instrumento del instrumento. Si el proceso tributario reconstituye el propio derecho tributario, entonces se afirma lo siguiente: no es simplemente un proceso, sino es el propio derecho tributario que, de modo especifico, es expuesto en el contingente lenguaje patologico."Tipo de ítem | Biblioteca de origen | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | Reserva de ítems |
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"Cuando hablamos de proceso tributario se hace referencia al conflicto, esto es, a lo manifestado en el ambito especifico de la relacion juridico-tributaria, entendida asi en el estricto sentido de la locucion (es decir, la obligacion tributaria).Si el derecho no se instaura por la insuficiencia del lenguaje competente, se puede asegurar que el conflicto, al que nos referimos, no es cualquiera, sino aquel que se materializa en el lenguaje que el propio derecho consagra.por esta razon, cuando se habla de proceso tributario hacemos referencia al lenguaje constitutivo del "conflicto tributario". Asimismo, hablar de proceso tributario es hablar de derecho tributario, dado que en este (o mejor dicho, en sus especificas relaciones juridicas) se instaura el "conflicto tributario" (por esta razon, el conflicto es tributario).El lenguaje constitutivo del conflicto tributario es, desde cierta optica, un lenguaje verdaderamente "reconstitutivo" del derecho tributario. Por lo tanto, el proceso es un instrumento del derecho, vale decir, es un instrumento del instrumento. Si el proceso tributario reconstituye el propio derecho tributario, entonces se afirma lo siguiente: no es simplemente un proceso, sino es el propio derecho tributario que, de modo especifico, es expuesto en el contingente lenguaje patologico."
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